A la búsqueda de la confiscada facultad de juzgar: Una propuesta iusconstructivista al dilema del juzgamientos de los crímenes de Estado
Resumen
En este artículo, se busca reflexionar sobre los componentes fundamentales de la facultad humana de juzgar y su vinculación con la tarea del juicio realizada por los jueces en el contexto del marco jurídico. Se intentará poner en cuestión la estricta delimitación que propone el positivismo[1]entre la capacidad humana de juzgar (que proviene del criterio moral) y la acción jurídica, ya que dicha delimitación pareciera postular la posibilidad de prescindir del ejercicio de la facultad de juzgar a la hora de aplicar el derecho positivo. Actualizando el dilema ius-naturalismo/ius-positivismo para pensar críticamente el juzgamiento de crímenes de Estado, se aventurará una tercera salida, bautizada como ius-constructivismo y basada en los desarrollos de la psicología y la epistemología genéticas.[1] .- Carlos Nino distingue en las escuelas jurídicas como "positivismo conceptual" (donde ubica a autores Bentham, Austin, Kelsen, Ross o Hart, entre otros) a la postulación de que los sistemas normativos no requieren derivar de principios morales previos para ser considerados válidos, sino que su propia existencia y producción normativa los valida como tales. Nino también distingue lo que llama un "positivismo ideológico", que incluso cuestiona la existencia de principios morales. Aquí, sin embargo, se entenderá como positivismo jurídico al positivismo conceptual y será con dichas posiciones que se darán los debates fundamentales. Véase, entre otras obras, Nino (1984, 1985).
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