La expulsión administrativa como excusa de inacción penal
Resumen
La posibilidad de renunciar a la persecución penal de un delito cuando el sujeto que aparece investigado o imputado es un extranjero con orden administrativa de expulsión pendiente de ejecución está prevista en el art. 57.7 de la Ley de Extranjería. Se trata de una clara manifestación de la fusión entre política migratoria y política criminal que caracteriza el actual sistema de control de extranjeros en situación irregular que se ha configurado en nuestro país y una aislada introducción del principio de oportunidad en nuestro sistema penal. La doctrina ha venido cuestionando la legitimidad de esta inacción penal si se hace por el mero interés estatal en expulsar al extranjero no deseado, pues implicaría dotar a la jurisdicción penal de funciones político-migratorias que no le son propias. Con el objetivo de aportar elementos para la reflexión sobre si es posible fundamentar político criminalmente esta inacción penal, nos proponemos valorar qué papel juegan los diferentes fundamentos penológicos contemporáneos (disuasión, retribución, rehabilitación, inocuización y reparación) entre los criterios con los que cuentan los operadores jurídicos para orientar su decisión. Para ello, revisamos la postura mantenida por el Ministerio Fiscal en sus directrices y la interpretación realizada por jueces y fiscales en la práctica según se desprende de las memorias anuales de los fiscales delegados de extranjería y de una muestra de expedientes judiciales en la ciudad de Málaga. La revisión realizada nos llevará a destacar las disfunciones que obstaculizan que el 57.7 LOEX pueda cumplir con fundamentos propios de la política criminal.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
El/la autor/a conserva los derechos de autoría y otorga a la revista el derecho de primera publicación de la obra
Los textos se difundirán bajo una licencia de reconocimiento de Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin Obra Derivada 4.0 (Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 ) que se verá especificada en cada uno de los artículos.
La licencia permite compartir la obra con terceros, siempre que éstos reconozcan su autoría, su publicación inicial en esta revista y las condiciones de la licencia. No se permite un uso comercial ni la creación de obras derivadas sin el permiso del titular de los derechos de autoría.
En aquellos casos en que un artículo ya haya sido publicado, se respetarán los derechos originales y se advertirá en una nota al pie de aquella publicación original.