Objeción de conciencia positiva
DOI:
https://doi.org/10.1344/rbd2014.32.10691Palabras clave:
libertad de conciencia, objeción de conciencia, objeción de conciencia negativa, objeción de conciencia positiva, Real Decreto-ley 16/2012, salud, asistencia sanitaria, justiciaResumen
La promulgación del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, ha planteado de nuevo la cuestión del significado y el alcance de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario. A diferencia de quienes piensan que la conducta de los profesionales sanitarios es un supuesto de desobediencia civil, este artículo ofrece argumentos para calificar dicha conducta como un caso de objeción de conciencia sanitaria, en concreto de objeción de conciencia positiva.Descargas
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