The criminalisation of family reunion applicants in France and England and Wales: fact or fiction?
Resumen
Según el artículo 8 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos (CEDH), integrado en el derecho británico y francés, “toda persona tiene derecho al respeto de su vida […] familiar”. Inmigración y reagrupación familiar eran un lógico y lícito seguimiento de la inmigración laboral alentada por Francia y el Reino Unido después de la Segunda Guerra Mundial como un medio para proporcionar una mano de obra para sus fábricas. Más recientemente, una tercera categoría de migrantes ha surgido, a menudo llamados inmigrantes ilegales, que son atraídos por el sistema político francés o británico de beneficios sociales. Con el tiempo, ha surgido una confusión, entre la migración autorizada y no autorizada. Si el artículo 8 permite a los Estados miembros fijar algunos límites al derecho a la reunificación familiar con el fin de tener en cuenta un interés nacional predominante, debe seguir siendo un derecho. Los solicitantes de reunificación familiar no deben ser asimilados a los inmigrantes ilegales, o incluso criminales, a menos que lo sean. Recientemente, los Estados miembros de Europa están cada vez más preocupados por posibles fraudes y abusos del derecho a la reagrupación familiar. Cualquier desestimación de una solicitud de reagrupación familiar se puede ser discutida en los tribunales. En el contexto específico de la cultura social, política y legal de Francia y del Reino Unido (y en relación con el Reino Unido, centrándose sobre todo en Inglaterra y Gales, que tienen su propio sistema legal), este estudio tiene como objetivo determinar cómo los tribunales inferiores nacionales operan respecto de los litigios de reunificación familiar. En concreto vamos a ver si los jueces nacionales parten de, o tratar de restaurar el espíritu original del artículo 8 y del derecho que protege a poder reunirse con su propia familia.
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
El/la autor/a conserva los derechos de autoría y otorga a la revista el derecho de primera publicación de la obra
Los textos se difundirán bajo una licencia de reconocimiento de Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin Obra Derivada 4.0 (Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 ) que se verá especificada en cada uno de los artículos.
La licencia permite compartir la obra con terceros, siempre que éstos reconozcan su autoría, su publicación inicial en esta revista y las condiciones de la licencia. No se permite un uso comercial ni la creación de obras derivadas sin el permiso del titular de los derechos de autoría.
En aquellos casos en que un artículo ya haya sido publicado, se respetarán los derechos originales y se advertirá en una nota al pie de aquella publicación original.