El camello y la galaxia contravencional. Reflexiones sobre el Código de faltas en Córdoba, Argentina.
Resum
El presente artículo se centrará en analizar las prácticas policiales que habilita el Código de Faltas en la Provincia de Córdoba, Argentina. A pesar de tal especificidad, en la mayoría de los países, existen leyes “administrativas”, que habilitan el uso del poder punitivo por parte del Estado, y que se encuentran al margen de todo control judicial, transformando a funcionarios ejecutivos o policiales, en pequeños dictadores. Leyes inmigratorias en Europa central, de “vagos y maleantes” en Venezuela, de “malentretenidos” en Bolivia, ordenanzas en Estados Unidos o Códigos de Convivencia Urbana en Argentina, casi todos los países occidentales tienen, o han tenido, alguna legislación “menor” que penaliza conductas definidas en formas muy ambiguas, y ello produce un amplio espacio para la arbitrariedad administrativa. En la provincia de Córdoba, se encuentra vigente el Código de Faltas, el cual es una ley provincial que penaliza con arresto el ejercicio de la prostitución molesta, no identificarse frente a un policía, merodear de forma sospechosa, entre otras figuras de dudosa constitucionalidad. A su vez, el juzgamiento por la comisión de dichas faltas la realiza directamente la policía, sin intervención de un Juez ni de un abogado defensor. Las penas aplicables son la multa y el arresto, aunque esta última pena es la de aplicación más extendida.
A partir de las prácticas policiales, nos problematizaremos sobre las implicancias del hiper-encarcelamiento contravencional en las sociedades de control, ya que los detenidos por aplicación del Código de Faltas, quintuplican a los detenidos por infracción al Código Penal.
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