Efectos de un instrumento de planificación en el periurbano de Santiago. Caso de estudio: comuna de Til Til
Palabras clave:
periurbano, parcelas de agrado, Instrumentos de Ordenamiento territorialResumen
Aunque el Decreto Ley Nº 3.516* data de 1980, sólo comienza a aplicarse en la comuna de Tiltil, en 1994, año en que aparece el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Instrumento de Ordenamiento territorial que fija el límite urbano. En 1998, se incorpora la provincia de Chacabuco a éste, prohibiéndose las subdivisiones prediales en su territorio bajo esta ley. El Decreto Ley Nº 3.516/80 ha generado consecuencias no previstas en materia de uso del suelo. Dio origen a las “parcelas de agrado” y es utilizable en los espacios rurales que están fuera del alcance de los Instrumentos de Ordenamiento Territorial, que regulan sólo los espacios urbanos. Esta investigación muestra el impacto espacial que el Decreto Ley Nº 3.516/80 tuvo en la comuna de Tiltil, entrega resultados de la consolidación de los predios afectados, verifica la superficie de suelos restados a la actividad agrícola y entrega una primera aproximación en la identificación de procesos de especulación a largo plazo sobre el mercado de la tierra a través de la mencionada Ley, pues ésta pasa a constituirse en el elemento mediante el cual se producen cambios en la periferia del espacio regulado por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.Descargas
Publicado
2007-06-07
Número
Sección
Artículos
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