Soluciones o procesos composicionales y salidas alternativas como respuesta al creciente punitivismo
DOI:
https://doi.org/10.1344/cpyp.2022.23.40970Resumen
Ingresaré al desarrollo de mi exposición en el marco fijado por el Profesor Jesús Silva Sánchez en su conferencia introductoria al 28 Seminario Internacional de IBCCRIM, destacando el lugar de la dogmática penal como una disciplina no solo descriptiva ni meramente funcional, sino valorativa y, además, práctica que intente aportar soluciones o respuestas razonables a las decisiones judiciales de los casos concretos. Sin embargo, lo haré con la aclaración de que entiendo que, en esa tarea, la dogmática penal no debe limitarse al análisis de las normas estrictamente penales -en sentido sustancial-. Por el contrario, debe incorporar no solo las normas procesales y constitucionales nacionales, sino también las convencionales -especialmente de Derechos Humanos- que enmarcan esa aplicación a los casos concretos.
Palabras Clave: procesos composicionales, punitivismo, violencia de género.
Citas
- Bovino, A. (2009) “Instrumentos internacionales de derechos humanos no contractuales. Valor jurídico”, artículo digital disponible en: https://nohuboderecho.blogspot.com/search?q=instrumentos+internacionales+de+derechos+humanos
- Christie, N. (1981) Limits to Pain, Oslo: Universitetsforlaget.
- Christie, N. (1986) “Suitable Enemies”, in H. Bianchi and R. van Swaaningen (coordinadores) Abolitionism. Towards a Non-Repressive Approach to Crime. Amsterdam: Free University Press, pp 42-54.
- Díaz Ripollés, J. (2013) “La política Criminal en la encrucijada” en J. M. Silva Sanchéz (ed.), Estudios y debates en derecho Penal, nº 3. Editorial BdeF, Buenos Aires- Montevideo.
- Hulsman, L. (1993) “El enfoque abolicionista: políticas criminales alternativas”, págs. 75 a 104 en Sagarduy, Ramiro; Font, Enrique Andrés & Rodenas, Alejandra (coordinadores) Criminología crítica y control social: "El poder punitivo del estado". Editorial Juris, Rosario, Provincia de Santa Fe, República Argentina.
- Juliano, M. (2013) “La convención de Belém do Pará, la violencia de género y los derechos y garantías”, disponible en:
https://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2014/12/doctrina36551.pdf
- Lopardo, M. & Rovatti, P. (2020) “Antes y después de Góngora” pags. 55 a 80 en Juliano, Mario & Vitale, Gustavo (coordinadores) Suspensión de juicio a prueba para delitos de género. Editorial Hammurabi. Buenos Aires, Argentina.
- Mathiesen, T. (1986) “The Politics of Abolition”, Contemporary Crises, 10, pp. 81-94.
- Mathiesen, T. (2015) The Politics of Abolition Revisited, Milton Park: Routledge.
- Rivera Beiras, I. (2012) “Tradiciones abolicionistas y escenarios (penales) contemporáneos” pgs. 42 a 44 en Bergalli, R., & Rivera Beiras, I. (coordinadores) Louk Hulsman:¿ qué queda de los abolicionismos? Barcelona: Ed. Anthropos, Observatori del sistema penal i els drets humans; Huellas, Desafío(s) 9.
- Walker, L. (2013) Amar bajo el terror. Ediciones Queimada. Disponible en: https://www.researchgate.net/profile/Carmen-Delgado-Alvarez/publication/337681645_Lenore_E_Walker_AMAR_BAJO_EL_TERROR/links/5de54577299bf10bc33a5d26/Lenore-E-Walker-AMAR-BAJO-EL-TERROR.pdf
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2022 Crítica Penal y Poder
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
El/la autor/a conserva los derechos de autoría y otorga a la revista el derecho de primera publicación de la obra
Los textos se difundirán bajo una licencia de reconocimiento de Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin Obra Derivada 4.0 (Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 ) que se verá especificada en cada uno de los artículos.
La licencia permite compartir la obra con terceros, siempre que éstos reconozcan su autoría, su publicación inicial en esta revista y las condiciones de la licencia. No se permite un uso comercial ni la creación de obras derivadas sin el permiso del titular de los derechos de autoría.
En aquellos casos en que un artículo ya haya sido publicado, se respetarán los derechos originales y se advertirá en una nota al pie de aquella publicación original.