Explotación y bioética. Ética individual y regulación jurídica
DOI:
https://doi.org/10.1344/rbd2017.40.19158Palabras clave:
explotación, bioética, subrogación comercial, venta de órganos, investigación biomédicaResumen
En este artículo discuto los contratos o transacciones explotativas en bioética. El caso más problemático teóricamente parece ser el de lo que Allan Wertheimer llama explotación “mutuamente ventajosa”: el consentimiento de la parte débil (D) para realizar la transacción es un consentimiento efectivo y racional. Además, D no sufre un daño mediante la transacción, sino que, por el contrario, esta transacción lo beneficia en comparación con no realizar la transacción. Mi objetivo en este trabajo es, por un lado, presentar, desde el punto de vista de la ética individual, un modelo para pensar la naturaleza de la incorrección que podemos asignarle a la conducta de la parte fuerte al contratar con D en forma explotativa. En segundo lugar, ofrezco algunas razones por las cuales, en el plano de la ética jurídica, la prohibición jurídica de este tipo de conductas explotativas es problemática y sólo podría ser justificada en casos muy excepcionales.Descargas
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