Tratamiento ambulatorio involuntario en psiquiatría: una revisión desde la bioética
DOI:
https://doi.org/10.1344/rbd2013.29.8089Palabras clave:
tratamiento ambulatorio involuntario, TAI, consentimiento informado, psiquiatríaResumen
La libertad es un derecho fundamental de las personas y dentro de ellas está la libertad de poder decidir sobre el tipo de tratamiento al que nos someteremos por una enfermedad. Esta libertada está consagrada en diferentes leyes a través del principio del consentimiento informado. Pero, en el campo de la psiquiatría nos podemos encontrar con pacientes que tienen disminuida de manera temporal o permanente su capacidad de decidir sobre su tratamiento. Muchas de estas personas acaban siendo ingresadas de forma involuntaria en unidades de hospitalización cerradas. En muchos países existe legislación que permite realizar tratamientos ambulatorios involuntarios en casos que delimite la ley y salvaguardando los derechos de los pacientes. En España la situación legal del tratamiento ambulatorio involuntario no está resuelta. En este artículo se analizará la situación legal actual en España, los diferentes tipos de tratamientos ambulatorios involuntarios, los argumentos a favor y en contra de ellos y se defenderá la necesidad de regularlo.
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