¿Hay lugar para el consentimiento informado en los tratamientos de las personas con psicosis? Una reflexión sobre el tratamiento de las psicosis
DOI:
https://doi.org/10.1344/rbd2014.30.9907Paraules clau:
Consentimiento Informado (CI), autonomía del paciente, psicosis, psicoterapia, movimiento de la recuperación, psicofármacosResum
La práctica del consentimiento informado (CI) en Salud Mental es inhabitual, más aún para los pacientes psicóticos, a pesar de que tanto la legislación vigente, como las declaraciones de asociaciones profesionales, organizaciones de pacientes y códigos deontológicos defienden el consentimiento informado y la autonomía del paciente, también para las personas con psicosis. Es habitual que pacientes y allegados desconozcan el alcance, límites y riesgos del tratamiento farmacológico usual o la existencia de otros abordajes
Las razones del déficit de CI pueden hallarse en las peculiaridades de estos pacientes, pero también en el presupuesto de que la psicosis impacta en el mismo núcleo de la persona, y por ello se ve al afectado como incapaz de comprender y consentir.
Coexisten hoy dos estilos diferentes de acoger al paciente con dificultades de tipo psicótico: uno, la corriente principal que tiene como objetivo bloquear el proceso psicótico y revertirlo mediante el uso principal de antipsicóticos, y otro, que incluye diversos modelos que acogen a la persona psicótica con sus dificultades, que propone construir un marco de comprensión para sus experiencias. Los resultados no muestran superioridad del modelo dominante, más bien todo lo contrario.
Cuando se da la palabra a los usuarios estos defienden su autonomía y derecho a decidir, rechazando los modelos coercitivos.
El CI, dar poder para decidir al paciente, además de un derecho es también un factor de recuperación para muchos pacientes.
Su puesta en práctica necesitaría cambios significativos en la formación de los profesionales y en la constitución de las actuales Redes Asistenciales de Salud Mental.
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