Trasplante de órganos en Brasil y en España: ¿cómo los criterios ético-legales protegen al donante vivo en ambos los países?

Autores/as

  • Sonia Maria Marinho PPGBIOS - ENSP - FIOCRUZ
  • Fermin Roland Schramm Escuela Nacional de Salud Pública - ENSP - FIOCRUZ

DOI:

https://doi.org/10.1344/rbd2016.38.17045

Palabras clave:

trasplante de órganos, donantes vivos, Comités de Ética Asistencial, bioética

Resumen

Este artículo realiza una comparación entre las legislaciones específicas de trasplantes de órganos de España y Brasil. Su objetivo es averiguar cómo los dispositivos legales protegen a los donantes vivos de órganos. Tomando como base el documento del Grupo de Opinión del Observatorio de Bioética y Derecho (en adelante, OBD), de la Universidad de Barcelona, sobre “Trasplante de órganos de donante vivo”, publicado en 2011, los autores concluyen que las donaciones a partir de personas vivas deben ser estimuladas sólo en algunos casos muy específicos.

Biografía del autor/a

Sonia Maria Marinho, PPGBIOS - ENSP - FIOCRUZ

Doctoranda del Programa en Bioética, Ética Aplicada y Salud Pública - PPGBIOS - ENSP - FIOCRUZ, Brasil.

Fermin Roland Schramm, Escuela Nacional de Salud Pública - ENSP - FIOCRUZ

Investigador titular en Bioética y Filosofía de la Ciencia del PPGBIOS y del PPGSP en la Escuela Nacional de Salud Pública - ENSP - FIOCRUZ, Brasil.

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Cómo citar

Marinho, S. M., & Roland Schramm, F. (2016). Trasplante de órganos en Brasil y en España: ¿cómo los criterios ético-legales protegen al donante vivo en ambos los países?. Revista De Bioética Y Derecho, (38), 55–70. https://doi.org/10.1344/rbd2016.38.17045

Número

Sección

Sección General