La tipificación del contrato de suministro de contenidos y servicios digitales: entre la propiedad intelectual y el derecho de consumo
DOI:
https://doi.org/10.1344/REYD2021.24.36290Palabras clave:
Derecho de consumo, propiedad intelectual, tipo contractual, derecho de distribución, derecho de comunicación pública, conformidadResumen
La calificación de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales es conflictiva, y no se ha llegado a una solución uniforme. De hecho, podríamos decir que no hay ninguna solución al respecto en el Derecho de consumo (que regula sin más la situación del consumidor con independencia del tipo contractual), y que aun dentro del propio ámbito de la propiedad intelectual, hay importantes incongruencias, cuando no auténticas contradicciones. El TJUE ha desarrollado una jurisprudencia que consagra una duplicidad de regímenes entre los programas de ordenador y el resto de obras digitales. En el presente estudio se realiza un análisis de la situación actual, con ciertas propuestas de lege ferenda que pasan por una necesaria modificación de algunas normas del Derecho de propiedad intelectual.
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